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En mi primer curso en la Universidad de Padres, inicié una reivindicación de los derechos de los padres trabajadores, con objeto de elevarla a algún organismo público. El proyecto no siguió adelante, pero la redacción está ahí:
1. Hay que modificar la percepción social de la educación desde la base. Para ello, los padres deben hacer un esfuerzo, pero también es necesario que la sociedad reconozca que parte de este esfuerzo implica una dedicación que la sociedad debe reconocer, y apoyar. La educación es una labor conjunta de todos, no es exclusiva ni de los padres, ni del sistema educativo. De alguna u otra manera, todos debemos ayudar a ambos a desarrollar su tarea, pues dicha contribución repercutirá positivamente en la sociedad.
2. La sociedad debería volcarse con los padres, comprendiendo, entre otras cosas, que sus jornadas laborales tienen que ser flexibles mientras están criando a sus hijos, y dándoles facilidades para ello.
3. La educación de los hijos no debe separar, ni ser un lugar de intereses individuales, todo lo contrario, debería ser un lugar de encuentro, donde todos tengan en mente que el objetivo último es el bienestar de la sociedad en general. La educación debería ser la prioridad fundamental de un país, pues, de su instrucción, dependen la mayor parte de los aspectos de la persona.
4. Si se quiere construir una sociedad sólida con miembros cívicos y responsables, es necesario preparar a los adultos del mañana. La mejor manera de educarlos es acompañarlos en su formación. Para ello, es imprescindible que los padres estén presentes en el hogar. No se pueden reconocer ni atender las necesidades de los niños ni de los adolescentes, si no se pasa suficiente tiempo con ellos.
5. Reclamar más tiempo para los hijos, sin que ello suponga un perjuicio para la carrera profesional, una discriminación en el trabajo o un menoscabo irreparable en la economía familiar, contribuye a mejorar la educación.
6. Igualdad debería ser ayudar a cumplir con ambas responsabilidades, la paternal y la laboral, sin que la una perjudique a la otra, y sea cual sea el puesto de trabajo de cada uno.
7. Es obligación del Estado buscar soluciones que integren a toda la sociedad, y eso incluye a los niños. Se han dado pasos importantes en la conciliación, pero no son suficientes, porque, en la mayoría de los casos, depende de la voluntad de la empresa o de las posibilidades económicas de la familia.
8. LAS REIVINDICACIONES QUE CREEMOS IMPRESCINDIBLES PARA ASEGURAR NUESTROS DERECHOS, Y LOS DE NUESTROS HIJOS, SON:
8.1. Ampliación del permiso de paternidad/maternidad hasta el primer año de vida.
8.2. Ayudas económicas para favorecer las reducciones de jornada y excedencias.
8.3. Proteger de forma efectiva el puesto de trabajo, para que las excedencias o reducciones de jornadas no lo hagan peligrar.
8.4. Proteger al trabajador contra el acoso o la discriminación laboral por el hecho de estar en excedencia, de reducir jornada, o de tener que ausentarse por necesidades de sus hijos. No es un lujo de los padres, sino un derecho de los hijos.
8.5. Posibilidad de trabajar desde casa o prescindir del sueldo para cuidar de los hijos cuando se ponen enfermos, sin que ello suponga una discriminación en la empresa, ni peligre el puesto de trabajo.
8.6. Opción de que el padre o la madre se acojan a una jornada continua de seis o siete horas, por ejemplo, de 8 a 15:00, compensando las horas que falten con trabajo desde casa a través del teléfono o por Internet, o yendo fines de semana, o renunciando a días de vacaciones...
8.7. Que el Estado incentive económicamente a las empresas que se acojan a las fórmulas de los puntos 6.5 y 6.6, con reducciones en los seguros sociales de esos empleados y reducciones sobre la persona que se contrate para compensar esas horas. Por ejemplo, por cada seis personas que se acojan a esta modalidad, se contrata a una en jornada de 8 horas, y, sobre esta contratación, también se le da beneficios fiscales a la empresa.
8.8. Que la reducción sobre el sueldo de los que se acojan a este tipo de jornadas, sólo sea de 1/8.
8.9. Que dicha reducción sea posible hasta los 16 años del menor (edad a la que finaliza la enseñanza obligatoria).
8.10. Hacer campañas públicas de concienciación social de todos los puntos anteriores.
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